En respuesta a kaba_5383070
Son del govierno vasco
DOTACIÓN ECONÓMICA
2. La reducción de la jornada a que se refiere el artículo 46.1 b) de este Decreto será objeto de las siguientes ayudas:
a) Cuando la reducción sea del 45% al 50% de la jornada laboral:
1.800 euros anuales cuando la persona trabajadora sea una mujer.
2.400 euros anuales cuando la persona trabajadora sea un hombre.
b) Cuando la reducción sea superior al 40% e inferior al 45% de la jornada laboral:
1.575 euros anuales cuando la persona trabajadora sea una mujer.
2.100 euros anuales cuando la persona trabajadora sea un hombre.
c) Cuando la reducción sea del 33 % al 40% de la jornada laboral:
1.350 euros anuales cuando la persona trabajadora sea una mujer.
1.800 euros anuales cuando la persona trabajadora sea un hombre.
Lo que no se...
es como sera a nivel de otras comunidades.Hay un telefono de informacion 901 222 901 y se tramita en la delegacion del gobierno vasco de cada provincia
espero que sea de ayuda.
saludos
maya0576 + tania 5 meses